La Ciudad de Austin es una de múltiples autoridades que recaudan impuestos pagados anualmente por propietarios contribuyentes. La tasa de impuestos de propiedad se compone de dos partes: La tasa de Operaciones y Mantenimiento (O&M) y la tasa de servicio de la deuda. La tasa del servicio de la deuda se impone para generar ingresos necesarios de impuestos para pagar la deuda de la Ciudad.  La tasa del año fiscal 2016 para servicio de la deuda es 10.62 centavos en cada $100 de valoración de la propiedad. La tasa O&M del año fiscal 2016 es 35.27 centavos en cada $100 de valoración de la propiedad.

Los bonos de obligación general son respaldados por la imposición de impuestos ad valorem de la Ciudad para asegurar el pago de los bonos. La aprobación de la proposición y la emisión de bonos y pagarés impactaría la tasa del servicio de la deuda que es parte de la tasa impuestal de la Ciudad de Austin.

Calculador del impacto en la cuenta de impuestos

La estimación del impacto en la cuenta de impuestos con la aprobación de la proposición y emisión de los bonos y pagarés propuestos contenidos en esta sección es aproximación basada en la tasa de impuestos de propiedades en 2016 (45.89 centavos en $100 de valoración impuestal) y también en suposiciones tocante el mercado y condiciones económicas, y es sujeto a cambiar. Los números provistos en el Calculador de Impacto en la Cuenta de Impuestos no garantizan cierto impacto en la cuenta anual de impuestos del propietario.

Para ver el valor impuestal de la propiedad, visite el sitio web de Travis Central Appraisal District en www.TravisCAD.org si la propiedad está ubicada en el Condado de Travis; visite el sitio web de Williamson Central Appraisal District en www.WCAD.org si la propiedad está en el Condado de Williamson; o visite Hays County Central Appraisal District en www.HaysCAD.com si la propiedad está en el Condado de Hays.

El impacto anticipado en las cuentas de impuestos mensuales y anuales está basado en la valoración impuestal de la residencia. El valor impuestal es el valor de la residencia después de aplicar exenciones de impuestos de propiedad tales como la exención por residencia principal o exención de personas mayores.

Inscriba el Valor Asesorado de su Residencia

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Impacto Estimado de Cuenta Anual de Impuestos

Impacto Estimado de Cuenta de Impuesto Según la Valoración Impuestal de la Propiedad

La grafica siguiente indica el impacto anticipado en la cuenta de impuestos que resultaría cuando se emitan los bonos de transportación y movilidad si se aprueban por los votantes. La estimación del impacto en la cuenta de impuestos con la aprobación de la proposición y emisión de los bonos y pagarés propuestos contenidos en esta sección es aproximación basada en la tasa de impuestos de propiedades en 2016 (45.89 centavos en $100 de valoración impuestal) y también en suposiciones tocante el mercado y condiciones económicas, y es sujeto a cambiar. Los números provistos en la gráfica de este sitio web no garantizan cierto impacto en la cuenta anual de impuestos del propietario.

Valor imponible de la propiedad

Impacto anticipado en la cuenta anual de impuestos*

Impacto anticipado en la cuenta mensual de impuestos

$100,000 $23 $1.88
$200,000 $45 $3.75
$251,994 (mediano en 2016) $57

$4.72

$300,000 $68 $5.63
$400,000 $90 $7.50
$500,000 $113 $9.38
$600,000 $135 $11.25
$700,000 $158 $13.13
$800,000 $180 $15.00
$900,000 $203 $16.88
$1,000,000 $225 $18.75

*Los números se han redondeado al número entero más próximo

Información proveída por requisitos de la Sección 3.009, Código Electoral de Texas

De acuerdo con la Sección 3.009, del Código Electoral de Texas, las siguientes declaraciones fueron estipuladas en la Ordenanza No. 20160818-023:

Si la emisión de bonos y pagarés es autorizada por los votantes, se podrían imponer impuestos que sean suficientes, dentro de los límites instituidos por ley, para pagar el principal anual y el interés de dichos bonos y pagarés y para proporcionar un fondo de amortización para pagar dichos bonos y pagarés. Los bonos y pagarés autorizados de acuerdo con esta ordenanza se emitirán con vencimiento que no exceda 40 años de su fecha de emisión y que rédito o réditos de interés (no excedan 15%), de acuerdo con la autorización por ley, y con la determinación del Consejo. A principios del año fiscal 2016, la cantidad total pendiente del principal de la deuda de la Ciudad era $1,302,730,000, y la cantidad total de interés pendiente en la deuda la Ciudad era $485,909,029.50, y la tasa de impuestos ad valorem para pagar el servicio de la deuda de la Ciudad cuando esta ordenanza se aprobó era $0.1062 por $100 de valor imponible de propiedades.

Basado en las condiciones del mercado en la fecha de esta ordenanza, y usando los asesoramientos de valor imponible en el año impositivo de 2015 (año fiscal 2015/16), sin ajustarse para aumentos anticipados en valores de asesoramientos impositivos en años futuros, si los bonos y pagarés son autorizados, el estimado del cálculo total de la tasa imponible de la Ciudad se anticipa ser aproximadamente $0.5339 por $100 de valuación en asesoramiento imponible (que representa un aumento de $0.0750 por $100 de valoración en asesoramiento imponible comparado con la tasa imponible total de la Ciudad a la fecha de adopción de esta ordenanza), basado en la ley estatal actual, sujeta a cambiar.

De acuerdo con la presentación al Consejo que aplica las suposiciones usadas en el Análisis de la Capacidad de Bonos de Obligación General con fecha del 1 de junio, 2016, que incluye pronósticos del crecimiento en los valores de asesoramiento en propiedades imponibles, el personal de finanzas de la Ciudad ha determinado que si los bonos y pagarés son autorizados, la tasa impuestal total de la Ciudad aumentaría aproximadamente $0.0225 por $100 de valuación imponible ( comparado con la tasa total de impuestos de la Ciudad en la fecha de la adopción de esta ordenanza). Si los bonos y pagarés son autorizados, la tasa impuestal dependería entre otros factores, en la valuación de propiedad imponible, en tasas de interés prevalentes, en el mercado para los bonos y pagarés de la ciudad, y en condiciones generales del mercado cuando los bonos y pagarés sean emitidos.

Las tasas estimadas de impuestos y otras declaraciones contenidas en este contexto son (i) basadas en ciertas suposiciones (incluyendo suposiciones concernientes a las condiciones del mercado y económicas prevalentes cuando se lleve a cabo la emisión(es) de los bonos y pagarés), (ii) que son sujetas a cambiar de acuerdo con la diferencia entre los hechos en sí, circunstancias y condiciones prevalentes cuando los bonos y pagarés se emitan y la realidad de las suposiciones y proyecciones, (iii) esto se provee en la Ordenanza No. 20160818-023 para cumplir con requisitos de la Sección 3.009, del Código Electoral de Texas, sin ningún otro propósito, sin dar garantía de que dichas proyecciones se realicen, y (iv) no se intenta alcanzar el nivel de un contrato con los votantes ni de limitar la autoridad del Consejo para emitir bonos y pagarés de acuerdo con la Proposición sometida en la Ordenanza No. 20160818-023.