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La Comisión Comunitaria de Evaluación de la Policía (CPRC, por sus siglas en inglés) es una Junta de la Ciudad que es independiente y separada del Departamento de Policía de Austin.

 

Autoridad y obligaciones de la CPRC

La Comisión puede

  1. Revisar cualquier investigación de muerte bajo custodia, lesión corporal grave u otros hechos graves de conducta impropia después de que se complete cualquier investigación y antes de la emisión de acciones disciplinarias y/o una respuesta a la solicitud de revisión por parte de un querellante.
  2. Hacer recomendaciones disciplinarias al Jefe de la Policía en relación con los casos que revisa.
  3. Solicitar que el Director de la OPO y/o un representante de Asuntos Internos de APD le informe sobre los hechos de un caso particular bajo revisión de la CPRC.
  4. Asesorar al Jefe de la Policía, Director de la OPO, Administrador Municipal y Concejo Municipal sobre la eficacia e idoneidad de las políticas y procedimientos de APD en relación con lo siguiente:
    • Conducta impropia de los oficiales de la policía
    • Capacitación de los oficiales de la policía
    • Uso de fuerza por parte de los oficiales de la policía
    • Relaciones con la comunidad
    • Cualquier otra actividad de APD
  1. Tratar otras actividades de APD de interés público.
  2. Evaluar la eficacia de la OPO y de las ordenanzas y hacer recomendaciones.
  3. Reportar al público, al menos una vez al año, los resultados de sus actividades, divulgando esos reportes a todas las partes interesadas y al público al mismo tiempo.
  4. Realizar actividades de participación de la comunidad, incluyendo la publicación de todas las agendas de las reuniones con el asunto a tratar, la fecha del incidente y la naturaleza del incidente.

La Comisión deberá:

Divulgar al público general y publicar en su sitio web todas las cartas de la CPRC con recomendaciones sobre los casos revisados y sobre cualquier otro tema de conformidad con §2-15-4(D) del Código de la Ciudad.

Autoridad y obligaciones de los Comisionados

Los miembros de la Comisión Comunitaria de Evaluación de la Policía deberán:

  1. Tener acceso directo a todos los registros necesarios de APD, incluyendo los registros relacionados con las investigaciones, base de datos de reportes de incidentes de uso de fuerza y todos los videos obtenidos, incluidos, entre otros, aquellos obtenidos de cámaras corporales de la policía, cámaras instaladas en las patrullas y cámaras HALO, según sea necesario para llevar a cabo sus responsabilidades bajo la ordenanza.
  2. Tener acceso seguro en línea a todos los materiales necesarios por todo el tiempo que se requiera para prepararse adecuadamente para las reuniones sobre casos individuales.
  3. En un plazo de 90 días desde su designación, asistir a 20 horas de capacitación creadas por la OPO, que se enfocarán en las leyes, reglas y políticas que rigen la conducta de los oficiales de la policía de Austin de conformidad con las recomendaciones de la National Association for Civilian Oversight of Law Enforcement. Los miembros pueden comenzar su servicio antes de completar la capacitación.
  4. Aceptar mantener la confidencialidad de cualquier material al que tengan acceso que esté designado como confidencial. Los miembros de la CPRC pueden hablar en términos generales sobre los asuntos que surjan de uno o más casos sin miedo a destitución, pero aquellos miembros que divulguen a sabiendas información confidencial, después de enterarse de que es confidencial, pueden ser destituidos de su servicio en la CPRC.

Requisitos para ser Comisionado

Para participar en la Comisión Comunitaria de Evaluación de la Policía, los solicitantes deben dar fe de que:

  1. Son independientes y no tienen ninguna conexión con ningún miembro de algún departamento de policía.
  2. Son independientes y no tienen ninguna conexión con ningún miembro de alguna asociación que represente a oficiales de la policía.
  3. Nunca haber sido empleados o contratados por ningún departamento de policía.
  4. Nunca haber sido empleados o contratados por ninguna asociación de policías.
  5. No haber sido empleado de un departamento de policía en ningún momento.
  6. No haber sido empleado de una asociación de policías en ningún momento.

 

512-974-9000

cprc@austintexas.gov